SOBRE LA DEVOLUCIÓN DEL IBI COBRADO COMO URBANO DE TERRENOS RÚSTICOS

El acuerdo adoptado por el pleno de Carreño del pasado día 25 de Septiembre  concretamente en el punto 4 “Moción de IU para la devolución del IBI cobrado como urbano  de terrenos rústicos”,  que contó con el apoyo de  PP. FAC, CAUN, UICA y PCPE, es ILEGAL e improcedente como ya anunciamos en el debate plenario. Y lo es dado que el Ayuntamiento, como bien reflejan, los informes técnicos y económicos obrantes en el expediente,  no es competente para determinar el valor del suelo.

Extracto de los informes obrantes en el expediente municipal:

  • Informe de la intervención municipal emitido por la interventora accidental el pasado 23 de Septiembre refleja en el punto primero el citado informe “ La sentencia a la que se refiere la moción aprobada no tiene efectos jurídicos directos sobre las situaciones jurídicas particulares, ni produce la anulación de las ponencias de valores aprobadas a la fecha del fallo ni respecto de los valores catastrales de los bienes inmuebles calculados en su aplicación, que por no haber  sido impugnados en su momento han adquirido firmeza. Tampoco fija ninguna doctrina legal y al no haberse reiterado dicho criterio, no sienta jurisprudencia” y continua informando en el punto tercero “ La citada sentencia tampoco ha declarado la nulidad de las liquidaciones del Impuesto sobre Bienes Inmuebles derivadas de los mencionados valores catastrales, por lo que cuantos recursos o escritos se interpongan ante el Ayuntamiento solicitando la anulación o devolución de las liquidaciones emitidas del IBI en aplicación de dicha sentencia deben ser desestimadas por falta de competencia del Ayuntamiento para su resolución, al haberse practicado conforme a los valores catastrales vigentes”.

  •  Informe sobre la situación del suelo urbanizable del TR del PGO de Carreño emitido por la arquitecta de la Mancomunidad donde se refleja, entre otras la siguiente información sobre este concejo “ Se ha desectorizado la mayor parte de los sectores de suelo urbanizable tras el análisis de las alegaciones, ya que la sectorización supondrá un incremento de la carga tributaria de las parcelas, que no tiene sentido dada la falta de previsión de desarrollo a corto plazo de los mismos. Se han dejado los sectores que se ha considerado oportuno en cada zona para cubrir las necesidades de suelo que puedan surgir y se ha descrito en el PGO el procedimiento que haya de seguirse para delimitar los sectores una vez aprobado el PGO”.

    Tal y como reflejan los informes pertinentes solicitados por el gobierno local - que ya obraban en el expediente previo al pleno donde se adoptó el acuerdo -  dicha competencia ( fijar las ponencias de valores catastrales , declarar la nulidad de las liquidaciones aplicadas, etc) le corresponde exclusivamente al Catastro, dependiente del Gobierno de España, más concretamente del Ministerio de Hacienda y de Administraciones Públicas.
    Como es sabido, el impuesto del IBI viene regulado en la Ley de Haciendas Locales y este Ayuntamiento se limitó a liquidar el impuesto conforme a los valores catastrales vigentes y fijados por quien tiene la competencia para hacerlo.
    Es una irresponsabilidad política manifiesta el pretender adoptar acuerdos plenarios a la ligera en ese sentido y sin fundamento jurídico alguno. Aquí se constata que al  portavoz del PP de Carreño le falta coraje para asumir los errores propios de su partido político en los órganos ministeriales que rigen y  en los que adoptaron las decisiones que ahora pagamos todos/as.
    Los Ayuntamientos estamos atados de pies y manos frente a los valores que se fijan en el Catastro, se trata de un impuesto individual que el Ayuntamiento aplicó conforme a lo fijado por el organismo competente que depende del Ministerio. Es por ello, que invitamos al principiante portavoz popular de Carreño a centrar sus ansias en aprender de las personas veteranas de su partido y así evitar más deslices. Como bien señaló recientemente, el ex acalde de Gozón y actual edil de Hacienda en los medios de comunicación “ … Los Ayuntamientos no podemos hacer nada debe ser el catastro…”.

    Ver declaraciones del edil del PP de Gozón en La Nueva España 22.10.2014

    Devolver desde la administración local, como pretenden algunos grupos políticos, sin reclamación previa individual del vecino o propietario afectado por el impuesto ante el órgano estatal competente, sería incurrir en malversación de dinero público, realizando una acción ilegal que está tipificada penalmente.
    Aquí no caben oportunismos políticos. Hay que ser sensatos, someterse a la legalidad vigente, y dejar de confundir a la opinión pública con actitudes mezquinas que sólo pretenden enturbiar la gestión municipal.
    Este gobierno local está al servicio y disposición del vecindario y empresariado que pudiera estar afectado al ser propietarios de suelos urbanizables sectorizados o formar parte de sistemas generales adscritos a los sectorizados. Y por este motivo, el gobierno local y el personal municipal llevan ya tiempo trabajando en determinar qué suelos podrían estar afectados por la Sentencia, quienes son sus titulares, para informarles debidamente y facilitarles la gestión ante el organismo competente.
    No escatimaremos esfuerzos ni dedicación en ayudar a las personas a que reclamen - si hay causa para ello-  y prueba de ello es que próximamente pondremos a su disposición unos formularios tipo para que puedan reclamar al catastro quienes estén en los casos señalados. Este organismo – el Catastro - es el que fija las bases catastrales, y desde el consistorio facilitaremos la orientación necesaria en la tramitación de posibles alegaciones que puedan estar fundamentadas, así como  las certificaciones que  necesiten para ejercitar sus derechos ante quienes tienen la competencia y será el Catastro quien determine si procede o no la devolución.

    Por último, y en relación al recurso de reposición, que el PSOE realizó ante dicho acuerdo plenario adoptado en el último. Dicho recurso se interpuso el 16 de Octubre, únicamente como medida cautelar para salvaguardar al gobierno de la barbarie y las pretensiones de un bloque de la oposición que pretende conseguir, vía mociones lo que las urnas les negaron, y lo que es peor, en este caso, imponernos - con la adopción irresponsable de acuerdos ILEGALES - a cometer ilegalidades. Somos conscientes que el recurso de reposición interpuesto, ni siquiera sería necesario y podría ser desestimado técnicamente dado que  el acuerdo plenario que adoptaron otras fuerzas políticas es de facto improcedente. Lo que acordaron pretende que el Ayuntamiento adopte medidas  y haga devoluciones para las que no es competente.